Nuevas ventajas al darte de alta como autónomo

Nuevas ventajas al darte de alta como autónomo

En nuestro anterior artículo te informábamos de la tarifa plana de la cuota de autónomos. A continuación te vamos a explicar las otras ventajas que prevé la nueva Ley para cuando uno decida darse de alta como autónomo.

Darse de alta como trabajador autonomo

¿Cuántas veces uno puede darse de alta como autónomo en un año?

Los autónomos podrán cursar hasta tres altas y bajas dentro del año natural, abonando la cuota por los días realmente trabajados y no el mes completo como hasta ahora se realiza.
Además se amplía la posibilidad de cambiar la base de cotización hasta 4 veces al año de forma que puedan adaptar estas circunstancias a la evolución de su negocio.

Cotización: en casos de autónomos en régimen de pluriactividad y autónomos societarios

Aquellos trabajadores autónomos en régimen de pluriactividad ya no tendrán que solicitar el exceso de cotizaciones, la Tesorería General de la Seguridad Social lo realizará de oficio antes del 1 de mayo del ejercicio siguiente.
La subida anual de la base mínima de cotización se desvincula del Salario Mínimo Interprofesional, también para los autónomos societarios. Las subidas en la base mínima se harán constar en los Presupuestos Generales del Estado, previa negociación con las asociaciones de autónomos.

Rebaja de las sanciones

Se reduce a un 10%, frente al 20% anterior, el recargo por ingreso fuera de plazo de la deuda por cuotas de Seguridad Social durante el primer mes siguiente al adeudado.

Continuidad de la actividad tras jubilación

Los autónomos podrán compatibilizar el cobro del 100% de su pensión de jubilación con el mantenimiento de su actividad, siempre que se acredite tener contratado al menos a un trabajador por cuenta ajena. Hasta la fecha la compatibilidad alcanza el 50% de la pensión, que sigue siendo la norma cuando el trabajador autónomo no tenga asalariados a su cargo.

Protección social y mejora de las medidas de conciliación profesional y familiar

  1. Se incluyen dentro de la cobertura de bajas por contingencias profesionales los accidentes de los autónomos en sus desplazamientos de casa al trabajo y viceversa (accidentes in-tinere).
  2. Los autónomos tendrán una bonificación del 100% en la cuota a la Seguridad Social por contingencias comunes durante doce meses por cuidado de menores de 12 años o personas dependientes a su cargo.
  3. Nueva bonificación del 100% de la cuota empresarial por contingencias comunes durante un plazo de 12 meses por la contratación indefinida de familiares del trabajador autónomo (cónyuge, ascendientes, descendientes y demás parientes por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado inclusive).
  4. La bonificación del 100% de la cuota por motivo de descanso por maternidad, paternidad, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento, riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia natural se mantiene, pero para su aplicación no es necesario la sustitución del trabajador por cuenta propia mediante una nueva contratación por cuenta ajena.
  5. Beneficios en la cotización de personas con discapacidad, víctimas de violencia de género y terrorismo que se establezcan por cuenta propia.

Esperamos que hayas apuntado todas las mejoras previstas para las personas que quieran darse de alta como autónomo. Piensa que la entrada en vigor de la mayoría de estas medidas será a partir del 1 de enero de 2.018. Aún tienes tiempo de poder asesorarte. ¡¡No lo dudes y contacta con nosotros, estaremos encantados de poderte asesorar!!

Allende Azcárate

Gestión laboral
Recursos Humanos

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