Tarifa plana para nuevos autónomos

Tarifa plana para nuevos autónomos

El pasado 24 de octubre se publicó la ley 6/2017 de 24 de octubre, de reformas urgentes del trabajo autónomo cuyo objetivo es intentar estimular el trabajo autónomo incidiendo en mejorar las posibilidades de supervivencia de la actividad emprendedora y su fortalecimiento. En el siguiente artículo vamos a tratar de explicar las novedades sobre la tarifa plana de los nuevos autónomos.

¿Como se regula la tarifa plana para nuevos autónomos?

Teniendo en cuenta las peculiaridades de la actividad del trabajador autónomo como puede ser el carácter estacional de la actividad, ingresos variables, irregulares e inciertos, las nuevas medidas van encaminadas a adecuar estas circunstancias para lograr un sistema más justo y adaptable a las cargas administrativas reales a fin de afianzar la posición de los autónomos ante situaciones transitorias de dificultad económica.

Entre las medidas más destacadas en el ámbito laboral podemos destacar la tarifa plana para los nuevos autónomos que podrán seguir bonificándose de esta medida que consiste en el pago de 50 euros a la seguridad social en lugar de 257,02 euros, ampliándose el plazo el primer tramo de esta bonificación de los actuales seis meses a un año.

Otras novedades son:

  1. Se amplía a 24 meses la tarifa plana para nuevos autónomos con los siguientes tramos: 12 meses a 50 euros, 6 con una reducción del 50% de cuota (137,97 euros) y otros 6 con una reducción del 30% (cuota de 192,79 euros).
  2. Reducción de los requisitos de acceso: se flexibilizan las condiciones, reduciendo el plazo sin cotizar en autónomos a dos años en lugar de cinco como se ha exigido hasta ahora.
  3. Autónomos que emprenden por segunda vez se abre la puerta a que se beneficien de nuevo de la tarifa plana siempre y cuando hayan transcurrido tres años de baja en el Régimen Especial de Autónomos (RETA).
  4. Aquellas mujeres que reemprendan su negocio por cuenta propia en los dos años siguientes a la fecha de cese por descanso por maternidad, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento, podrán beneficiarse de la tarifa plana durante un plazo de 12 meses desde su reincorporación sin las limitaciones anteriormente expuestas.

La entrada en vigor de la mayoría de estas medidas será a partir del 1 de enero de 2.018. Ahora es un buen momento para solventar todas aquellas dudas que puedas tener de cara a emprender o iniciar un negocio en el próximo año. Contacta con nosotros para resolver tus dudas.

Allende Azcárate

Gestión Laboral

Recursos Humanos

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